LESIONES MARITIMAS,
LEY MARINA MERCANTE DE 1920 (LEY DE JONES) ¡NO PODER MANTENER LA “NAVEGABILIDAD” DEL BUQUE!
La Ley Jones (Ley de la Marina Mercante de 1920) es una ley federal específica que crea protección para los trabajadores (empleados marítimos o “marinos”) lesionados mientras se encuentran en el mar. Los marineros no reciben alivio bajo las leyes estatales o federales de compensación para trabajadores. A diferencia de la protección provista por la Ley Jones, existen otras leyes que protegen a los trabajadores lesionados mientras están en la costa y no en el agua (Ley de Trabajadores de Costa y Puerto). El recurso de un trabajador marítimo lesionado cae bajo la Ley de la Marina Mercante de 1920 (la Ley Jones). La protección provista bajo la Ley Jones se extiende a varios tipos de “marineros”, entre los que se encuentran:
- Marineros (Capitanes, Oficiales, Camaradas, Mayordomos, Marineros, Contramaestres, Ingenieros)
- Mecánicos
- Perforadores
- Buzos
- Cocineros y
- Pescadores
Cuando un marinero sufre una lesión, cuando el barco está “en navegación” y como resultado de la negligencia del propietario del barco o de su empleado o, la lesión se debió a la falta de capacidad del barco, el marinero puede presentar una reclamación si puede establecer los elementos de negligencia de la ley común; deber, incumplimiento del deber, causalidad y daños. En una visión más simplista, todos los empleadores tienen el deber de cuidar de no exponer a los empleados o trabajadores a un riesgo irrazonable de daño. Los propietarios de embarcaciones y los empleadores no cumplen o “incumplen” este deber si existen condiciones en las que se ordena a un trabajador que realice un trabajo que lo exponga a un riesgo irrazonable de lesiones. Por ejemplo, se puede encontrar que un empleador incumple el deber que se le debe a un empleado ordenándole que realice un trabajo sin las herramientas necesarias para realizar el trabajo de manera segura o, al no proporcionar la suficiente mano de obra requerida para el trabajo.
Las condiciones en los barcos a menudo, por la naturaleza misma del trabajo y el equipo involucrado en el desempeño de las tareas asignadas, son peligrosas y requieren precauciones de seguridad muy específicas que deben seguirse para reducir el riesgo de lesiones para los trabajadores. Si la seguridad se ve comprometida y un trabajador se lesiona, el trabajador podría sentirse solo sin saber exactamente qué medidas tomar para proteger sus derechos. El barco podría estar en un área muy desolada y remota en las aguas y la comunicación podría ser escasa. Tan pronto como sea posible, un trabajador lesionado tendrá que sentarse con un abogado y discutir si se debe presentar un reclamo y qué hay disponible para la familia del trabajador lesionado.
Si has resultado lesionado mientras trabajabas en un barco, recuerda que la persona o compañía que posee ese barco ya está preparando el caso, ¡tú también deberías hacerlo! Si el empleador fue negligente, es posible que tengas un reclamo sostenible conforme a la Ley Jones. ¡Llama al abogado experto en lesiones laborales de Houston, Hector L. Sandoval y obtén la representación que te mereces! Sandoval Law Firm, PLLC ayuda a trabajadores marítimos lesionados. ¡Llama al (346) 347-7777 para solicitar una consulta gratuita e informativa!